En 2005, y tras varios reclamos de Defensa del Consumidor, la Dirección Nacional de Comercio Interior impuso a Cablevisión además de la multa de $ 10 mil, la pena accesoria de publicar en un diario de mayor circulación la parte dispositiva de la citada resolución: “La obligación de informar rige durante toda la relación de consumo. En efecto, la información protege el consentimiento a prestar y, una vez formalizado el contrato de que se trata, coadyuva a la ventajosa utilización del producto o servicio”, señala un pasaje del texto contenido en la Disposición 988/05. Dicha publicación se da de conformidad con lo establecido en el artículo 47° de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor.
Vale recodar que esta es la 3er. sanción pecuniaria aplicada a Cablevisión. La anterior multa en 2005 por $ 10 mil, fue aplicada por no informar con la antelación suficiente el cambio de precios de sus servicios y por no colocar en sus contratos la cláusula de revocación de la aceptación de la operación contractual a favor del usuario en las ventas domiciliarias, con lo cuál la empresa del grupo Clarín incurriría sucesivamente en la misma infracción a pesar de las multas aplicadas.
En tanto que en marzo de este año, se impusieron a los cables Cablevisión SA y Multicanal SA multas de $ 500 a cada uno por parte de la Dirección Nacional de Comercio Interior (DNCI), dependiente del Ministerio de Economía, a través de una extensa resolución que lleva la firma del titular del organismo, Fernando Cano. Según el texto, al que tuvo acceso la agencia Télam, la medida contra las empresas de televisión por cable controladas por el Grupo Clarín se aplicó tras eludir varias intimaciones en primera instancia por violaciones a las leyes de Abastecimiento y Lealtad Comercial. "El primer requerimiento se le efectuó a las firmas investigadas con fecha 9 de febrero de 2009, otorgándose un plazo de 48 horas, habiendo ambas firmas mantenido silencio durante ese plazo", señala el escrito de 10 páginas.
Afirma luego que la intimación "fue reiterada en fecha 16 de febrero y el 17 las firmas solicitaron una prórroga del plazo de 10 días", que les fue denegada. La DNCI rechazó los planteos formulados por las empresas y resalta en el escrito que Cablevisión y Multicanal "no cumplieron en término las intimaciones practicadas..., toda vez que no aportaron la información requerida (...) A este respecto "se destaca que la negativa no obedece ni siquiera a una interpretación antojadiza o errada de la norma, sino a una mera negativa por la negativa misma, toda vez que en su propio descargo las imputadas se endilgan un proceder honesto y veraz para con los consumidores y los demás comerciantes, indicando que la información siempre se puso a entera disposición de los primeros".
Una multa en linea con los reclamos de usuarios locales
En este sentido vale destacar que la desaprensión de la firma en brindar información fue vivida en carne propia por un vecino de nuestra ciudad que incesantemente encabezó reclamos por estas situaciones de irregularidad en el servicio de cable.
En junio de 2007, Horacio Gentile relataba ante Mi Chaves después de la presentación de varios petitorios, que ninguno de los destinatarios de las denuncias realizadas por él, acusó recibo alguno. "Además las 270 firmas que en su momento se juntaron, para la empresa no representaba una suma significativa, ya que sólo un 10% de los abonados había firmado el petitorio. En definitiva, no le dieron mayor importancia" señaló. Jorge González, coordinador de zona en ese momento de Cablevisión se presentó a conversar con Gentile y algunos otros firmantes del reclamo, pero en ningún momento accedió a dejar sentado por escrito lo expuesto en respuesta a las notas elevadas desde usuarios de nuestra ciudad.
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